viernes, 23 de junio de 2023

DECLARACIÓN PÚBLICA - COMISION CHILENA DE DERECHOS HUMANOS

 





DECLARACIÓN PÚBLICA

La Comisión Chilena de Derechos Humanos desea manifestar su preocupación por el texto aprobado por la denominada Comisión Experta, pues significa un grave retroceso en materia de Derechos Humanos para nuestro país. Pese a contar con un catálogo de derechos fundamentales, es alarmante cómo muchos de ellos son reflejo de un reconocimiento meramente formal, sin contenido sustantivo ni esencial.

Este preocupante retroceso queda en evidencia pues la propuesta de texto constitucional desconoce que el Derecho Intemacional de los Derechos Humanos que incluye el principio de lus Cogens. la jurisprudencia internacional y los principios generales del Derecho Intemacional Público, deben ser el marco referencial obligatorio de las demás disposiciones, soslayando las obligaciones contraídas por el Estado de Chile al momento de suscribir y ratificar los diversos tratados intemacionales sobre la materia, que son las de respetar y garantizar los derechos humanos allí consagrados. Además, omiten el carácter supraconstitucional de los derechos humanos y su carácter fundante del Estado de Derecho, pues se decide entregar al Congreso la atribución de integrar y adaptar los tratados internacionales al ordenamiento jurídico interno.

El nuevo texto conserva la esencia de la Constitución de 1980, impuesta por la Dictadura cuyo proyecto de sociedad consagrado normativamente, tanta vulneración a los derechos más esenciales ha provocado a millones de chilenos y chilenas, especialmente en materia de derechos sociales. En efecto, el texto se limita a una simple referencia de los elementos prestacionales de los derechos fundamentales, limitándose a señalar que serán otorgados por el Estado o particulares. En esa misma línea, la propuesta constitucional mantiene el carácter subsidiario del Estado, lo cual se refleja en el uso reiterado de la conjunción “y” en vez de “o”, aludiendo a una coexistencia permanente obligatoria de entes públicos y privados, y comprendiendo al Estado como un contratante o competidor privado en sus actos prestacionales que no debe afectar la libre competencia ni el derecho a dominio garantizado en la misma Carta Fundamental.

Esta reprochable situación también se expresa en la regulación constitucional del derecho a la educación, donde se mantiene una primacía sustancial de la libertad de enseñanza por sobre el derecho mismo de recibir educación y su contenido esencial. En la práctica, se garantiza una modalidad concreta de la libertad económica y contractual, como también, del derecho de propiedad ampliamente sobreprotegido en la propuesta, en vez de garantizar el derecho a la educación de las personas.

Es preocupante además, que el texto tipifique un delito penal a nivel constitucional, el terrorismo, confundiéndolo además con lo que constituyen los delitos contra la seguridad del Estado, una de las herencias más sensibles y cuestionadas del orden constitucional legado por la dictadura.

En materia de sistema político, se propone un determinado porcentaje arbitrario y alto de votos válidamente emitidos para conservar la legalidad a los partidos políticos, vulnerando con ello la libertad de asociación, expresión, pensamiento, conciencia y los derechos políticos de las personas, como también, fomentará la lejanía de la institucionalidad con la misma ciudadanía que gobiema o administra, la falta de legitimidad, la poca o nula participación cívica y el desarrollo de tecnócratas y burócratas que deformarán las instituciones y poderes del Estado. Esto último es especialmente preocupante, considerando la baja legitimidad del sistema político actual y sus instituciones, una de las causas detonantes del estallido social de octubre de 2019.

En definitiva, la propuesta elaborada por el Consejo de Expertos no da respuesta a las graves problemáticas institucionales y sociales que afectan a nuestra convivencia y por tanto, no garantizan la paz social ni el respeto de los derechos humanos como fundamento de la plena realización de la dignidad humana a la que aspira la inmensa mayoría de la ciudadanía.

Cuando se inició el actual proceso constitucional, la Comisión Chilena de Derechos Humanos reprochó su génesis por ser contraria a los derechos humanos y denunció al Estado de Chile ante el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) por vulnerar el derecho de libre determinación del puebl chileno y el derecho a la participación ciudadana, ambos consagrados en los pacto intemacionales vigentes y obligatorios en nuestro país.

Hoy queda en evidencia que desconocer la soberanía popular y su libre ejercicio, sólo tenía por finalidad perpetuar un orden social injusto que viola los derechos humanos de la inmensa mayoría de chilenas y chilenos. Del Consejo Constitucional, órgano elegido para revisar el texto de la Comisión Experta y que está mayoritariamente integrado por quienes han manifestado permanentemente su deseo de no cambiar la actual Constitución impuesta por la dictadura de Pinochet, sólo puede esperarse que el texto final que apruebe y sea sometido a plebiscito en Diciembre próximo, será aún más atentatorio a los derechos humanos de los chilenos y chilenas.

COMISION CHILENA DE DERECHOS HUMANOS

 

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