sábado, 11 de marzo de 2023

Proceso Constitucional Chileno y su Negacionismo Permanente con los Mapuche.

 


Proceso Constitucional Chileno y su Negacionismo Permanente con los Mapuche.

Histórica oportunidad para la formación de un gobierno provisional mapuche al amparo del derecho internacional.


Aucan Huilcaman Paillama

La clase política Chilena radicada en el Parlamento, ha diseñado y ha impuesto una formula institucional para una aparente participación en el nuevo proceso constitucional con los Pueblos Indígenas y con los Mapuche. Se ha instalado nuevamente la figura de los “escaños reservados” sujetos a un conjunto de condiciones que impiden una participación plena y en completa contravención al derecho a la autodeterminación Mapuche y el Consentimiento Previo Libre e informado.

Las dos únicas personas como son Julio Marileo y Alihuen Antileo Navarrete, como candidato al “Consejo Constitucional” bajo la figura de “escaños reservados”, pone de manifiesto la absoluta y completa falta de interés del Pueblo Mapuche y sus organizaciones para la participación del proceso constituyente. Esta situación singular, en primer lugar, le envía un mensajes muy claro a la clase política Chilena que, los Mapuche comienzan a desentenderse con el Estado Chileno, en segundo lugar, a los propios candidatos de origen Mapuche que, con su participación están contraviniendo el “interés superior del Pueblo Mapuche”, por lo mismo, ambos tienen que evaluar si continúan o abandonan sus candidaturas, considerando que su participación involucra al Pueblo Mapuche y sus derechos y ellos dos no tienen mandato para dejar amarrado y subordinado constitucionalmente al Pueblo Mapuche y su futuro.

La clase política Chilena que converge en la cámara de Diputados y Senadores, no tan solo siguen actuando en la “antigua doctrina política del negacionismo con el Pueblo Mapuche y sus derechos”, sino, además, pretenden omitir y desconocer el “estatuto jurídico” que disponen los Pueblos Indígenas en la actualidad. Cuyo “estatuto jurídico” proviene del derecho internacional que ha reconocido: el “derecho de libre determinación”, los “Parlamentos Mapuche”, la “Soberanía territorial”, el “Consentimiento Previo Libre e informado”, entre otros derechos relevantes que constituyen las herramientas políticas para decidir, si participar o no participar, en un proceso clara y previamente tutelado y preestablecido en sus contenidos. En este caso se ha decidido concretamente a “no participar”.

Los partidos políticos Chilenos se han quedado en la doctrina política y jurídica del pasado, propias de la década de 1990, cuando el derecho internacional no había dado un paso tan agigantado como hoy, en donde hoy la vara está muy alta que, incluso la propuesta constitucional rechazada en septiembre 2022, era insuficiente, para los derechos adquiridos internacionalmente.

La absoluta falta de interés de participación del Pueblo Mapuche en el proceso constituyente Chileno, además, pone de manifiesto dos cuestiones fundamentales, una que, las votaciones han sido actos forzados de parte del Estado en el proceso de Chilenización, domesticación y colonialismo interno y por otro lado, en esta oportunidad, el Pueblo Mapuche ha hecho prevalecer el principio y el derecho a la libre determinación, igual como lo hicieron en la era de los “Parlamentos”, ejerciendo este derecho en la no participación en un proceso constitucional, abiertamente negacionista y colonial que han diseñado los partidos políticos, mediante los “escaños reservados” que no ayudaran a resolver la controversia del Estado Chileno y el Pueblo Mapuche.

Las bases o "bordes" que han convenido los partidos políticos para la nueva constitución, el numeral 4.- relativo al reconocimiento constitucional con los Pueblos Indígenas, es completamente contrario al derecho de libre determinación, es un minimalismo, superado por todas las constituciones política de América Latina. Su eventual adopción representa un retroceso, es decir, los Mapuche tendrían que abandonar o despojarse voluntariamente de los derechos adquiridos internacionalmente y asumir una conducta propia de la domesticación y el colonialismo y no resolver las relaciones institucionales entre el Estado Chileno y el Pueblo Mapuche bajo el principio y el derecho a la libre determinación.

Este proceso constituyente Chileno, ofrece al Pueblo Mapuche la gran y propicia oportunidad histórica para la formación de un “Gobierno Provisional Mapuche”, al amparo del derecho internacional, establecido inequívocamente en dos normas internacionales, del cual fui su co legislador durante dos décadas. Todas y cada una de las personas que se autoidentifican Mapuche, están y estamos interpelados para mostrar una responsabilidad institucional con el presente y el futuro del Pueblo Mapuche, en cuanto a utilizar adecuadamente las herramientas y los derechos contenidos en el “estatuto jurídico” que establece el más alto derecho como es la autodeterminación que, otorga la “autoridad” política, el “mandato” y la “facultad” para formar un “gobierno provisional” al más breve plazo. De lo contrario, el futuro colectivo Mapuche, será seguir peregrinando ante los futuros gobiernos de Chile y sus instituciones. En este contexto, la historia nos reporta dos siglos de experiencias, 142 años Pos Pacificación de la Araucanía y más de 30 años pos dictadura militar. Solo una persona Mapuche desinformada o aquel que acepta el colonialismo y la domesticación podría abandonar los derechos restituidos por parte del derecho internacional y no asumir la oportunidad histórico para la formación de un “gobierno provisorio”, aunque sacudirse del colonialismo no es de la noche a la mañana.

En este sentido hay un gran avance en la elaboración del “Estatuto para un Gobierno Mapuche” que se ha redactado en la cima del Cerro Ñielol del Wallmapuche durante varias sesiones consecutivas, de parte de los que han adheridos hasta el momento al proceso de Autodeterminación Mapuche.

Wallmapuche, Walung Kuyen 02 de marzo 2023.

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