sábado, 9 de abril de 2022

“La propiedad minera en una nueva Constitución”.

 

“La propiedad minera en una nueva Constitución”.

Por Oscar Alvear.

Con el propósito de que se cautele el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado de todas las minas, coherente con el interés nacional y el bien común, resulta imprescindible y de toda conveniencia que en la nueva Constitución se reafirme dicho dominio patrimonial. Así también su injerencia en la actividad minera y en la definición de políticas públicas, para lo cual se hace necesario suprimir la norma que lo impide, restableciendo la figura de la concesión administrativa incorporada en la Constitución de 1925, derogándose o modificándose la Ley 18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, de modo que al igual como ocurre en la mayoría de la legislación comparada, la constitución, ejercicio y extinción de las concesiones mineras concesibles de exploración y explotación, quede entregada a la autoridad de la Administración del Estado, quien, de acuerdo a normas preestablecidas y regladas deba fijar condiciones, duración y el régimen de amparo efectivamente consistente en la obligación del concesionario de desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento, habiendo siempre lugar a reclamo ante los tribunales ordinarios de justicia.

El sacerdote Eugenio Pizarro Poblete y el MOvimineto social 18 de Octubre comparten plenamente ñla formulñacion destacada sel autor  del articulo sobre  La  propiedad minera especialmente del cobre y del litio de dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescritible del Estado

        La rebelión social, las demandas ciudadanas y el escenario de la Convención Constitucional, hacen impostergables que se pongan en el tapete de la agenda pública todos los temas y materias por complejas y controvertidas que ellas resulten, en la senda de encontrar un proyecto de desarrollo de país que sea capaz de recogerlas y en la medida de lo posible, aunarlas a todas. Ciertamente la Convención es un espacio propicio para ello y una ayuda a este camino.

Una de ellas es la que se refiere en particular a la propiedad de nuestros yacimientos mineros y a la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, cuya génesis se remonta a la época de la dictadura cívico-militar encabezada por el General Pinochet, cuya discusión ha permanecido más bien en la trastienda o en la penumbra ciudadana, no obstante su relevancia y su valor estratégico fundamental. El debate constitucional la ha vuelto a posicionar en la opinión pública, lo que en ningún caso se puede soslayar dada la importancia que reviste para el país.

Al respecto, es conveniente hacer un poco de historia. Bajo el mandato del Presidente Eduardo Frei Montalva, con el propósito de cautelar el interés nacional y defender nuestras riquezas básicas, se llevó adelante la denominada “Chilenización del cobre”, en virtud de la cual el Estado de Chile adquirió un porcentaje importante de las acciones de las compañías mineras extranjeras, a través de la celebración de contratos leyes, para lo cual se constituyeron sociedades mineras mixtas entre el Estado y las empresas estadounidenses. Luego, durante ese mismo período vino lo que se conoció como la “Nacionalización Pactada”, consistente en que el Estado adquirió para sí el 51% de las acciones de dichas empresas, tomando el control de los yacimientos.

Posteriormente, a inicios del Gobierno del Presidente Dr Salvador Allende Gossens, se dio otro paso de la mayor trascendencia, cual fue la nacionalización de las empresas que constituían la Gran Minería del Cobre, siendo éstas incorporadas al pleno y exclusivo dominio de la Nación, sin pago de indemnización por los derechos sobre los yacimientos mineros, excepto con respecto a las mejoras que se hubieren introducido, descontándose las denominadas “utilidades excesivas”. Lo anterior, contó con la aprobación unánime del Congreso Nacional, siendo ello posible gracias a la reforma constitucional de 1971, introducida a la Constitución Política de 1925.

En virtud de la reforma se modificó también el artículo 10 N° 10 de la Carta de 1925, consagrándose en el texto que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales. Nótese que la expresión “tiene” utilizada por la norma, corresponde al indicativo presente del verbo tener, queriendo significar que ese dominio con las características reseñadas siempre lo ha tenido y detentado el Estado, esto es: antes, ahora y en el futuro.

Esto contempló, asimismo, un régimen de concesiones de exploración y de explotación sobre las sustancias que se determinen como concesibles, recayendo su otorgamiento en la autoridad administrativa, habiendo siempre lugar a reclamo ante los tribunales ordinarios de justicia respecto de aquellas cuestiones sobre su otorgamiento, ejercicio y extinción de las mismas. Así se reforzó constitucionalmente a la concesión contra el arbitrio de la autoridad administrativa. Igualmente, se dispuso que una ley determinara la actividad que los concesionarios deberán desarrollar en interés de la colectividad para merecer amparo y garantías legales. Tras la dictación de la reforma constitucional no se alcanzó a dictar el nuevo Código de Minería que determinase la forma, condiciones y efectos de las concesiones mineras, sucediendo luego el golpe de Estado de 1973, por lo que los titulares de los derechos mineros siguieron regidos, en calidad de concesionarios, por el Código de Minería de 1932.

El dominio estatal se entendió como dominio patrimonial y así lo puso de manifiesto desde el primer momento el Mensaje con que el Presidente Allende envió al Parlamento el proyecto de Reforma Constitucional de 1971. “Es necesario dejar establecida clara y definitivamente que el Derecho que el Estado tiene sobre las minas, covaderas… es un perfecto derecho de propiedad o dominio con todas las características de la esencia y la naturaleza del mismo, de modo que los particulares no han podido adquirir sobre esos bienes sino los derechos específicos comprendidos en los términos de la respectiva concesión”. Del tenor del Mensaje, es de toda evidencia que el dominio del Estado sobre todas las minas, es un dominio completo, perfecto.

En este mismo orden de ideas, el profesor Samuel Lira, quien fuera miembro de la Comisión Preparatoria para el Estudio de la Nueva Constitución creada por Pinochet, y su Ministro de Minería el año 1983, sostiene en una de sus sesiones que “el precepto que entrega al Estado el dominio patrimonial de las minas, está concebido en los siguientes términos, en sus partes fundamentales: El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas…”.(Acta sesión 171 de la Comisión, de 4-12-1975). Al respecto, cree que no pudo darse una redacción más clara o más rotunda para remarcar el dominio tan pleno del Estado sobre las minas y que tiene las mismas características que el establecido en la Constitución actual. Y añade el profesor Lira: “Lo lógico será que dentro de nuestro ordenamiento jurídico, un bien sobre el cual recae un dominio de esta naturaleza sólo pudiera ser explotado o aprovechado por los particulares por la vía de una concesión de tipo administrativo”. (Naturaleza Jurídica del Dominio del Estado sobre las Minas y de la Concesión Minera en la Constitución de 1980, Jorge Precht P.).

Con posterioridad a la reforma de 1971, se dictó el Acta Constitucional N° 3, (D.L. 1.552, de 1976) que en su parte pertinente y en lo que interesa, dispuso que un Estatuto especial regulara todo lo concerniente a la propiedad minera y al dominio de las aguas, estableciendo que mientras no se dicte el estatuto especial mantendrán su vigencia las normas referidas al dominio del Estado de las minas, a las sustancias objeto de concesiones y a lo referente a su otorgamiento entregado a la resolución de la autoridad administrativa, habiendo siempre lugar a reclamo ante los tribunales ordinarios de justicia, a que se refería el artículo 10 N° 10 de la Carta de 1925.

Más tarde, la Constitución Política de 1980 mantuvo el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible que tiene el Estado sobre todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, conservando el sistema de concesiones mineras de exploración y de explotación, pero, innovando en cuanto a que la constitución de aquellas se efectuara por resolución judicial dictada por los tribunales ordinarios de justicia, y no por la autoridad administrativa. Dado que el Constituyente de 1980 emplea idénticos términos que el Constituyente de la reforma de 1971, no pudo ignorar o desconocer que en 1971 el dominio del Estado se puso como dominio patrimonial, por lo que a este respecto se mantuvo el mismo principio y definición sobre el dominio minero patrimonial del Estado, contenido en la reforma constitucional de 1971, salvo en lo relativo a la eliminación de una autoridad administrativa.

Además, se estableció que la concesión obliga al dueño a desarrollar la actividad minera para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento, cuyo régimen de amparo será establecido por una ley orgánica constitucional, quedando el dominio de su titular sobre aquella protegido por la garantía constitucional del derecho de propiedad.

Sin embargo, tratándose de sustancias no concesibles -el petróleo, el litio, entre otras- y yacimientos de cualquier especie existentes en aguas marítimas sometidas a jurisdicción nacional o situadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional, su exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que los contengan pueden ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación.

Al mismo tiempo, enmarcada en su concepción libremercadista de desarrollo económico y social y la no injerencia estatal, dispuso un verdadero cerrojo en orden a prohibir al Estado y sus organismos desarrollar actividades económicas empresariales, salvo si una ley de quórum calificado los autorizare, obstruyendo en la práctica cualquiera participación directa del Estado y sus organismos en la actividad minera, como también en las definiciones de políticas para dicho sector, pues no se contaba en el Congreso con los votos necesarios para aprobar una ley de quórum semejante.

Sin duda, un hito importante constituyó la dictación de la Ley 18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras (L.O.C.), publicada el 21 de enero de 1982, promulgada conforme a la Constitución de 1980, cuya vigencia quedó unida a la entrada en vigor del nuevo Código de Minería, de 1983. En síntesis, dicha ley aborda el concepto y constitución de las concesiones de exploración y explotación, derechos y obligaciones de los concesionarios, y las normas sobre su duración y extinción.

La dictación de la L.O.C. no estuvo exenta de varias controversias, puesto que se tradujo en un intento que posibilitó en los hechos que se desdibujara, diluyera y vulnerara el concepto de propiedad del Estado sobre las minas, al establecerse en ella la figura de la concesión minera plena -constituida por los tribunales de justicia-, oponible incluso al Estado y a cualquier persona, proyecto que impulsó y llevó a cabo el entonces Ministro de Minería, José Piñera E., designado en enero de 1981. Éste, sostuvo erróneamente que el dominio que tenía el Estado sobre las minas, según la Carta Fundamental, era una suerte de dominio especial subsidiario, cuyo carácter subsidiario le permite mantener a perpetuidad una tuición general sobre los derechos mineros, desconociendo su dominio patrimonial. Dentro de los férreos opositores y detractores de la L.O.C. estuvieron el ex candidato presidencial Radomiro Tomic, el Comité Nacional de Defensa del Cobre, y amplios sectores nacionales, como la Alianza Democrática, quienes propiciaron su derogación.

Cabe destacar que la postura encabezada por Piñera, incluso representó fuertes fricciones al interior del régimen  cívico militar de Pinochet y un cambio a lo que se venía sosteniendo sobre el particular, a través del antecesor Ministro de Minería, Contraalmirante Carlos Quiñones, quien renunció a su cargo, y en concordancia con lo estipulado en la Constitución en materia de Dominio del Estado sobre las minas, argumentaba “que la Mina es un bien que no lo crea ni reproduce el hombre, luego pertenece a todos los ciudadanos… estando la actividad minera estrechamente vinculada al interés nacional, el dominio de las minas debe atribuirse al gestor del bien común: el Estado... Cuando el Estado hace uso del dominio eminente, está otorgando en propiedad privada, riqueza que pertenece a la comunidad nacional y cuyo verdadero valor no conoce…”. Es más, antes de su renuncia, el Ministro Quiñones, reafirmaba, que corresponde al “Estado y la Nación toda, velar porque los recursos mineros se exploten adecuadamente en beneficio general mediante el sistema de concesiones, al igual que lo hacen las naciones como Canadá, Australia, Zambia, Zaire, Estados Unidos, Perú, Filipinas, Nueva Guinea etc., todos los cuales son, además, grandes productores de cobre y otros metales”, que otorgan “un derecho temporal de explotación, sin desprenderse de su dominio patrimonial estatal sobre la riqueza minera y bajo el régimen de concesiones -administrativas- que corresponden mayoritariamente a países que han desarrollado la explotación de sus recursos mineros, lo cual no obsta a otorgar las correspondientes garantías que se requiere para incentivar el desarrollo minero con la participación activa de inversionistas privados, nacionales o extranjeros…”. (El Dominio Minero y el Sist. Concesional en A. L. y el Caribe, Julio Vildósola F.).

Así la L.O.C. estableció un régimen de constitución de concesión, dispar y completamente distinto a la modalidad empleada en la casi totalidad de los países mineros del mundo occidental y del tercer mundo, en que la constitución, otorgamiento , ejercicio y extinción de las concesiones de exploración y explotación queda entregada exclusivamente a sus órganos o entidades administrativa y técnicas del respectivo Estado, mediante el otorgamiento de un permiso, licencia, concesión, de carácter temporal, cabiendo el reclamo en contra de las decisiones de esos órganos ante los tribunales de justicia, conforme puede constatarse en el derecho comparado.

Tanto es así que el Ministro Lira afirmaba el 27 de abril de 1983 en su discurso pronunciado en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica lo que el Comité Nacional de Defensa del Cobre sostenía en una declaración formulada el 22 de noviembre de 1983: “La concesión plena” -establecida en la L.O.C.- vacía de todo contenido las disposiciones constitucionales de 1980 que afirman el “dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible” del Estado sobre las minas. Es igualmente incompatible con la naturaleza y límites de lo que es una auténtica concesión”. Y agrega: el “derecho a explotar el yacimiento minero es un derecho que no puede ser perpetuo, porque en la medida en que lo fuera, el yacimiento minero o la mina dejaría de ser inalienable”, es decir, objeto de enajenación, lo que la Carta de 1980 no admite, atendido el carácter del dominio del Estado. (Naturaleza Jurídica del Dominio del Estado sobre las Minas y de la Concesión Minera en la Constitución de 1980, Jorge Precht P.).

De igual modo, la L.O.C., entre otros aspectos, se apartó del régimen de amparo de la concesión minera fijado en la Constitución -que obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria (la obligación de explorar y explotar del concesionario) para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento-, al establecer en su artículo 12, que el régimen de amparo consistirá en el pago anual y anticipado de una patente a beneficio fiscal, toda vez que es evidente que la Constitución de 1980 estableció constitucionalmente el amparo por el trabajo, dejando al legislador determinar el modo directo o indirecto de regularlo, incumpliendo la referida Ley Orgánica el mandato que la Constitución hiciera al legislador y por modificación de la Carta Fundamental.

El retorno a la democracia el año 1990, tampoco significó algún cambio a la legislación minera heredada de la dictadura cívico militar, pues el programa de gobierno de la Concertación de Partidos por la Democracia (Documentos diario La Época), sin perjuicio de destacar la importancia de la minería en la economía nacional, mantuvo el actual sistema de concesiones mineras, a pesar de la promesa que en tal período del Gobierno democrático inaugurado por el Presidente Aylwin se iniciarían “los estudios pertinentes relativos a las eventuales modificaciones que la legislación minera podría requerir para compatibilizarla con la protección constitucional de la propiedad del Estado sobre las riquezas básicas del país”, agregando, que “el Estado se reservaría el derecho de hacer las correcciones legales y adoptar las medidas para evitar que los yacimientos objeto de concesiones permanezcan inexplotados por un tiempo prolongado”, lo que no ha sucedido incomprensiblemente hasta ahora. Tampoco el programa de gobierno de Gabriel Boric innova en esta materia.

Así pues, resulta evidente que el marco regulatorio de la legislación minera obedece a un modelo neoliberal de desarrollo económico y social, cuya idea matriz se basa en la concepción privatizadora de los bienes públicos (comunes) impulsada en sus inicios por el régimen militar del General Pinochet, atribuyéndose al Estado un rol eminentemente subsidiario, por lo que la política en materia minera en lo medular ha sido consustancial a dicho modelo.

Además, aquello desvirtúa el carácter de bien público de los yacimientos mineros. Esto, porque el titular de una concesión minera judicialmente constituida tiene sobre ella derecho de propiedad, protegido por la garantía constitucional del derecho que cae dentro de la esfera del comercio humano, justamente cuando una de las características de los bienes de dominio público es que están fuera del comercio humano, por lo cual de una u otra forma en la especie se tuerce y se resiente el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado sobre todas las minas, a través de la existencia de la concesión minera plena.

Con el propósito de que se cautele el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado de todas las minas, coherente con el interés nacional y el bien común, resulta imprescindible y de toda conveniencia que en la nueva Constitución se reafirme dicho dominio patrimonial. Así también su injerencia en la actividad minera y en la definición de políticas públicas, para lo cual se hace necesario suprimir la norma que lo impide, restableciendo la figura de la concesión administrativa incorporada en la Constitución de 1925, derogándose o modificándose la L.O.C., de modo que al igual como ocurre en la mayoría de la legislación comparada, la constitución, ejercicio y extinción de las concesiones mineras concesibles de exploración y explotación, quede entregada a la autoridad de la Administración del Estado, quien, de acuerdo a normas preestablecidas y regladas deba fijar condiciones, duración y el régimen de amparo efectivamente consistente en la obligación del concesionario de desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento, habiendo siempre lugar a reclamo ante los tribunales ordinarios de justicia.

Por lo demás, la actual Constitución ya contiene la institución de la concesión administrativa y de los contratos especiales de operación por medio de los cuales el Estado puede ejecutar la exploración, explotación y beneficios de yacimientos que contengan sustancias no concesibles y respecto de yacimientos de cualquier especie existentes en aguas marítimas sometidas a jurisdicción nacional o situadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional.

El otorgamiento (y denegación) de la concesión debe ser un acto emanado de la Administración, pues a ésta le corresponde apreciar soberanamente si concurren o no las condiciones o requisitos de subordinación al interés público y de conveniencia y oportunidad que hacen procedente dicho otorgamiento. Debe ser temporal, porque lo contrario –su perpetuidad- significaría la enajenación de bien concedido, lo que en buenas cuentas sucede en la actualidad con la concesión minera de explotación mientras se cumpla con el amparo consistente en el pago de su patente anual, pues parece indiscutible que a través de la concesión perpetua en los términos señalados, que faculta para explotar el yacimiento hasta agotarlo, y para apropiarse de la totalidad de los minerales que se contengan en él, se produce la enajenación de la mina o el yacimiento mismo, transgrediéndose el dominio del Estado sobre los yacimientos. Con todo, el Estado debe tener atribuciones para regular la producción, distribución, comercialización y la explotación que se hace de los yacimientos mineros, lo que la Carta de 1980 y la L.O.C. a través de la concesión minera plena obviamente imposibilita, privando que esta riqueza reporte al país todos los beneficios económicos y sociales que la nación merece.   El Estado debe dejar de ser un mero ente pasivo y espectador.

Es imprescindible dotarlo de nuevas potestades y facultades -ya no el rol subsidiario-, con miras a definir una política nacional en el ámbito minero, congruente con un modelo de desarrollo económico social definido por la ciudadanía y sus representantes, en que esté presente como un órgano promotor, emprendedor y arbitrador del bien común, respondiendo a un proyecto de país.

Lo subrayado e interpolado es nuestro.

jueves, 7 de abril de 2022

Abonando una nueva rebelión social

 


Abonando una nueva rebelión social

Por   Padre Eugenio Pizarro Poblete

Yo creo y tengo esperanza de que una protesta del pueblo soberano, abrirán las anchas alamedas. El pueblo tiene derecho legítimamente a manifestar su disenso con protestas pacíficas. Antes, en movilizaciones de 18 de octubre, el pueblo hizo tambalear al poder, tanto presidencial como parlamentario. Lo salvó la pandemia. Me parece que el pueblo debe recomenzar su recuperación de soberanía. Tiene que hacerlo con unidad y organización, con líderes visibles y convocantes. Me parece que habría que recordar que proceso constituyente es de clase política y no expresión de un pueblo soberano. Considero que todo fue una trampa de clase política que no quiere perder el poder, que está coludido con empresa privada. Creo que dificultades de Convención se debe a un dominio de clase política. La Convención es distinta a Asamblea Constituyente Soberana. La Convención, no obstante haberse constituido mediante una elección, está regida por sistema de políticos; priman sus intereses por sobre el interés del pueblo marginado. Sigue penando el que una minoría tiene secuestrada a una mayoría. Esa minoría no quiere un "cambio de Constitución", que no es lo mismo que una mera "reforma" de los que quieren seguir con más de lo mismo. Sigue primando el 1/3 y los 2/3 dictatoriales de Jaime Guzmán y Ortúzar. Más aún, con una ley 21.200, hecha entre gallos y medianoche, por los intereses de unos pocos. Se habla mucho del temor de comenzar con una "hoja en blanco". Así se difama a los que buscan una "nueva" Constitución, favoreciendo a todos los chilenos. Han aparecido, temblando, al respecto, los amarillos. Cuando se habla de Asamblea Constituyente y Soberana, se busca privilegiar y poner como centro al pueblo oprimido y marginado, un pueblo que realmente sea él que mandate. Chile institucional ilegítimo y el querer buscar y privilegiar los intereses de los poderosos, una minoría, no conduce a una democracia verdadera, al contrario, con economía neoliberal, instalada en Constitución del 80, es la negación de la esencia misma de la democracia. Es, seguir marginando y sometiendo, por una minoría capitalista salvaje a la mayoría nacional, también agravando la situación de los más pobres, haciendo el pecado social, todo comenzado por dictadura y proseguido por casi más de 40 años por esta minoría opresora. "Los pobres no pueden esperar". No hacer una verdadera Constitución Democrática y Soberana, sigue siendo una flagrante y grave violación a los derechos humanos fundamentales. ¡Es un crimen de lesa humanidad!  Sin derecho a la vida: un ABORTO.

Sin derecho a la vivienda: hay más de 900 Campamentos en Chile. Sin derecho a la salud y a una educación gratuita. Sin derecho al trabajo, cesantía, muerte civil. Con sueldos y jubilaciones miserables que, dan una verdadera rabia, cuando unos pocos tienen sus bolsillos llenos, despilfarrando, en contubernio con empresas extranjeras y con un imperialismo pecador y criminal: mata de a poco a sus hermanos. ¿Cuándo se van a hacer próximos al pueblo "a la vera del camino"?

Ante estas circunstancias y, defraudando a los engañados partidarios de Boric, tengo que poner en evidencia la negligencia política y moral vista en estos pocos días de gobierno.

Hace mucho tiempo que, Chile siendo rico, no responde a la mayoría marginada y oprimida. He sentido un dolor grande por mi pueblo. El gobierno se niega terminantemente a NACIONALIZAR LAS RIQUEZAS MINERAS. La NACIONALIZACIÓN sería una gran respuesta a las demandas de justicia de un pueblo violado en sus derechos fundamentales. Incluso, en Constitución del 80, no obstante, siendo dictatorial, está en ella, la mantención de la NACIONALIZACIÓN DEL COBRE. Desde gobierno desde Aylwin hasta el de hoy de Boric, cualquiera de los "presidentes" "ipso iure" podría RENACIONALIZAR EL COBRE. Hoy día Boric podría hacer lo mismo. Si he puesto con mayúsculas la nacionalización de las riquezas de Chile, es porque, pienso que sería una buena bandera de lucha popular, con movilización, haciendo soberanía, la demanda popular, de unión y organización, de la NACIONALIZACIÓN DEL COBRE. El pueblo es el soberano y legítimamente puede mandatar a Boric que responda con NACIONALIZACIÓN.

Así, se podría dar, una respuesta más radical, que "reforma tributaria tibia" de este gobierno elegido, sin democracia e institucionalidad ilegítima.

CHILE ES POSIBLE. Sin ningún vestigio dictatorial y con una nueva y convertida clase política. Esto último, lo digo, pensando en políticos que se dicen creyentes. 

¡Que Chile salga de su mentira enajenante y que tenga una clase política nueva, mandatada por el pueblo, por tanto, con una verdadera representación de un Chile verdaderamente libre y democrático!

P. Eugenio+

P.S. "Mi escrito rápido y urgente lo escribí en el contexto de nuestra lucha por recuperar nuestras riquezas mineras de todos los chilenos, especialmente el cobre y el litio.  alegría me causó informarme que comparte ésta, no podía ser de otra manera mi amigo Jorge Lavandero Illanes. espero hablar con él y escribir un trabajo sobre este ejemplar cristiano, un patriota en la defensa de los intereses de nuestro maltratado pueblo chileno".

Lo subrayado e interpolado es nuestro

lunes, 4 de abril de 2022

“Algunas enseñanzas para recordar. En el 40 aniversario de la guerra por Malvinas.”

 


“Algunas enseñanzas para recordar. En el 40 aniversario de la guerra por Malvinas.”


Sergio Rodríguez Gelfenstein.

Escritor, analista internacional /Addhee.Ong.


En 1982 me encontraba en Nicaragua. Se vivían los primeros años de la Revolución Sandinista y yo trabajaba en el Ejército. Un día de abril, alguien cuyo nombre lamentablemente no he podido recordar me preguntó si estaba dispuesto a ir a las Malvinas a combatir junto al Pueblo Argentino en la lucha por recuperar las islas del dominio colonial británico.

Tenía poco más de 25 años y nunca antes me había visto obligado a enfrentar un dilema ético de tamañas dimensiones. Se trataba de hacer un aporte a la justa aspiración argentina de rescate de la soberanía de un territorio que por historia y por justicia le pertenece, pero también significaba ponerse a las órdenes de una dictadura sátrapa, violadora de los derechos humanos por lo que era repudiada por la amplia mayoría de la humanidad decente del planeta.

Aunque la incorporación al combate del contingente que había dado el visto bueno para su participación en la contienda no se concretó, fue imposible evitar la controversia interna que emergió de la necesidad de resolver la polémica que en términos morales nos acosó durante varias semanas.

La resolución de dicho forcejeo íntimo entregó valiosos instrumentos de manejo político de cara al futuro. Uno de ellos fue entender que la dimensión de lo táctico siempre debe subordinarse a la evaluación y sentido de lo estratégico. En este caso, lo estratégico era la responsabilidad argentina y latinoamericana de recobrar las Malvinas como imperativo de nuestra propia condición de hombres y mujeres de este tiempo.

La contradicción ética que encaraba la decisión sobre el comportamiento más correcto a asumir en esta situación, señalaba y señala inequívocamente que no hay impedimento alguno ni límite conocido ante la necesidad de combatir al colonialismo y al imperialismo en todas sus manifestaciones y con cualquier método a nuestro alcance.

Los latinoamericanos de esta época no podemos vivir dudando del comportamiento que se debe contraer ante algunos hechos y algunas situaciones. En este sentido, la conciencia crítica nos obliga a refutar la imposición colonial que en América Latina ejerce todavía -en el siglo XXI- el control sobre las Malvinas, Puerto Rico y otros países y territorios del Caribe.

Despertarse todos los días sabiendo que la costra colonial continúa extendida como un cáncer en algunas áreas de un continente que decidió ser libre hace más de 200 años, circunscribe a la idea de que la tarea aún no ha sido culminada

Durante aquella madrugada del 2 de abril de 1982, Ronald Reagan y el General Leopoldo Galtieri, mantuvieron un tenso dialogo vía telefónica que duró aproximadamente cincuenta minutos.  El dictador argentino no se sintió cómodo ni satisfecho una vez finalizada la entrevista con el presidente estadounidense.  Galtieri tenía la secreta esperanza de obtener un claro respaldo de Reagan, o al menos una efectiva y cómplice neutralidad que contribuyera a impedir una reacción británica en la que podría emplear todo el poder de sus armas. Por el contrario, el mandatario estadounidense había intentado en reiteradas ocasiones convencer al general que se abstuviera de una operación bélica en las Malvinas, y le advirtió que una “agresión”, como la calificó, provocaría una segura y enérgica respuesta de Margaret Thatcher. Finalmente le habría ofrecido intermediar ante el inminente conflicto internacional.

 El 16 de junio del año 1982, un mes y medio después de que Estados Unidos anunciara su apoyo irrestricto a Gran Bretaña, Galtieri reconoció públicamente en un mensaje al país, la derrota de las tropas argentinas a manos de las fuerzas británicas. Pocos días más tarde, el propio Galtieri en entrevista concedida a la periodista Oriana Fallaci, entre otras cosas admitió con amargura y decepción el papel de Estados Unidos en la derrota llegando a calificar el proceder estadounidense como una “traición”.

En el mismo día y mes de junio, Nicanor Costa Méndez, diplomático de carrera, inveterado anti comunista, muy cercano a Estados Unidos y Ministro de Relaciones Exteriores del gobierno argentino,  debió reconocer la capitulación que adjudicó a la superioridad militar y tecnológica de Gran Bretaña y la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), aceptando con amargura  la determinante participación de Estados Unidos, que actuó más como integrante de esa alianza militar que une a los dos países, que como miembro del Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca  (TIAR). A continuación, el canciller argentino de manera sorprendente, anunció la desarticulación del sistema y pacto de defensa hemisférico ante el desconocimiento de sus resoluciones por parte del gobierno estadounidense.

La amarga y dolorosa consternación sufrida por los generales argentinos ante el abandono estadounidense, que incluso llevó a Galtieri a calificarlos de traidores, fue demostrativo de que su formación les impedía entender la esencia  imperialista de la política exterior de Estados Unidos, en la que existe una prolongada historia de vínculos con los países del sur del Río Bravo, basada invariablemente en sus intereses económicos, de expansión  y dominación, antes de obedecer a principios y compromisos éticos y políticos.

Por primera vez en la historia de las relaciones interamericanas se ponía a prueba la esencia del “panamericanismo” y su supuesta concepción de defensa regional ante una potencia extra continental, en este caso Gran Bretaña, que actuaba en contra de una de las naciones de América. En el conflicto de las Malvinas, las complejidades de las relaciones internacionales creadas después de la Segunda Guerra Mundial y las intenciones de los militares por solucionar la grave situación interna a partir del justo reclamo nacional por las Malvinas, había desestructurado un escenario internacional largamente construido por Estados Unidos contra el comunismo y los países del campo socialista. Para lamento estadounidense, en la Guerra de las Malvinas no fue precisamente la flota soviética la que actuó arteramente en el continente americano.

El conflicto de las Malvinas además de transformarse en el acta de defunción del TIAR, cuestionó los fundamentos sobre los que se construyó el modelo de integración para nuestro continente. La contradicción entre la idea monroista y panamericana chocó nuevamente y de manera ostensible con la idea bolivariana que plantea la integración de los pueblos de los territorios que José Martí Pérez agrupó bajo el nombre de “Nuestra América”.

La pertenencia geográfica a una región del planeta no es un elemento suficiente para generar verdaderos móviles integracionistas y de solidaridad frente a un enemigo externo. Otros componentes, culturales, identitarios y de complementariedad económica, concurren a la construcción de un proceso de integración que tiene en la constitución de un mecanismo de seguridad regional entre iguales, uno de los pilares fundamentales para mantener la paz y garantizar una convivencia armoniosa entre los pueblos.

El TIAR debe desaparecer, al igual que la OEA porque no representan los intereses de la región en tanto una potencia puede imponer una hegemonía no aceptada formalmente en los documentos constitutivos de esas organizaciones. La necesidad de dar paso a nuevos mecanismos de integración entre los pueblos de la región al sur del río Bravo tuvo en el conflicto de las Malvinas un punto de inflexión en el derrotero a seguir. Gobiernos y pueblos de América Latina superando las obvias diferencias con un gobierno sátrapa y violador de derechos humanos, acudieron en la defensa de los intereses de Argentina que eran expresión de principios latinoamericanos de derecho los cuales fueron pilares para la construcción de los Estados nacionales de la región, utilizando para ello todos los instrumentos políticos, diplomáticos e incluso militares a su alcance. Con la sola excepción de la actuación artera del régimen dictatorial de Augusto Pinochet, el resto de los países de la región expusieron su espíritu solidario y su vocación latinoamericanista. El grito de: “Las Malvinas son argentinas” fue una consigna que recorrió valles y montañas, ríos y mares envolviendo un sentimiento que sobrepasaba y sobrepasa a los argentinos como clamor de solidaridad de todos los que nacimos y vivimos entre México y la Patagonia.

Solo un acercamiento entre nuestros países y la concreción de la integración en instrumentos que salvaguarden la soberanía y la autodeterminación de los pueblos y que tengan capacidad de respuesta política, diplomática y militar sin necesidad de recurrir a potencias extra regionales. auguran una nueva época que no repita jamás la ignominia que la invasión imperial a las Malvinas significó para nuestra región

Cuando eso se haya logrado, estaremos más cerca de la verdadera Independencia y en justicia tendremos que volver la vista atrás para recordar a esos jóvenes argentinos que en aquellos aciagos días de 1982 entregaron sus vidas por la dignidad y el honor de todos los latinoamericanos y caribeños y que pusieron muy en alto una bandera que ondeará enhiesta por siempre en todo el territorio de esta, Nuestra Patria Grande.

Lo subrayado /interpolado es nuestro.

sábado, 2 de abril de 2022

“Rodolfo Walsh, ejemplo de periodista revolucionario, por la verdadera libertad de prensa”

 

Rodolfo Walsh, ejemplo de periodista revolucionario, por la verdadera libertad de prensa”


Por Carlos Aznarez. Periodista.
Escritor analista internacional/Addhee.Ong

A 46 años del golpe cívico-militar-empresarial-religioso y mediático más atroz que soportó nuestro país, es fundamental recordar todas las resistencias que desafiaron a la dictadura. Desde las más heroicas hasta las más anónimas, realizadas en barrios, fábricas, colegios, por innumerables luchadores que no se rindieron jamás ante la adversidad. Entre estas experiencias, también el periodismo tuvo su sitio, y el caso de la Agencia de Noticias Clandestina (ANCLA) es fundamental a la hora de hacer balance.

Ineludiblemente, hablar de ANCLA hoy lleva a imaginarse a ese ser humano enjuto pero movedizo, cerebral pero a la vez dicharachero, brillante pero también dotado de una humildad que casi siempre nos dejaba perplejos: Rodolfo Walsh. Era un tipo de militante que siempre estaba imaginando nuevas alternativas para desafiar al sistema, y lo hacía teniendo en cuenta que una de las armas más valiosas con las que se puede contar en una batalla desigual es el manejo de la información. Sobre todo, la que incide en los formadores de opinión y la que penetra filosamente en las filas del propio enemigo a enfrentar.

De allí que Walsh trabajara en sus inicios en solidaridad con la Revolución Socialista Cubana a la que tanto amaba, conformando un colectivo noticioso denominado Prensa Latina, que con el tiempo se logró instalar con gran aceptación en la mayoría de los países del Tercer Mundo.

Sin embargo, ANCLA fue algo más específico y no menos contundente en los resultados. Vivíamos en plena dictadura cívico militar, soportando una cerrazón informativa como jamás había ocurrido en el país, y es en ese marco que el oficial montonero Walsh se fusionó mental y físicamente con el Walsh estratega comunicacional. Parió entonces un instrumento que sirvió para romper el muro de silencio que nos quería imponer la dictadura de marras, y además, supo vencer el discurso del terror, que actuaba como desmovilizador y paralizador de la sociedad.

Con esas premisas y la recomendación tácita de que para quienes formáramos parte del equipo ANCLA, esta iba a ser, desde ese mismo momento, nuestro ámbito prioritario, nace en junio de 1976 una herramienta que duró poco más de un año pero que marcó una profunda huella en el escenario del periodismo insurgente.

El tema era de una gran trascendencia: teníamos que transformar un espacio de clandestinidad en una fuente contrainformativa y de denuncia sobre los desmanes, atropellos, violaciones de los derechos humanos (torturas, asesinatos, campos de concentración) y demás fechorías que estaban cometiendo los militares de las tres armas, y el grupo importante de civiles que les acompañaban en el genocidio.

Además, se hacía fundamental eludir la censura para dar a conocer las numerosas acciones que la resistencia popular (no solamente la armada) estuviera generando día a día en cada rincón del país.

Es importante entender que para que todas las tareas, locales o externas que hacía a la agencia, tuvieran relativo éxito, Walsh imprimía a su equipo constantes directrices vinculadas a la eficacia y el contraste de fuentes informativas para no generar errores que pudieran hacer perder confianza en lo difundido por ANCLA.

ANCLA fue uno de los grandes aportes a la resistencia popular imaginada por Walsh, para dar batalla por todos los medios posibles, y por ello es necesario reafirmar que esa experiencia revolucionaria hecha en un tiempo difícil, fue su forma de demostrarnos que aún en las peores circunstancias, si se pelea por una causa justa, se pueden obtener victorias que logran trascender a través de los años. El 25 de septiembre de 1977, hace exactamente 45 años, Walsh emprendería su última y gran operación política-informativa desafiando la militarización en que estaba sumergido el país a un año de la dictadura militar: hizo conocer públicamente la Carta a la Junta Militar genocida. En ella detalló con minuciosidad las atrocidades cometidas contra el pueblo por las tres fuerzas armadas y policiales. Firmó la Carta con su nombre para anudar de esa manera los lazos forjados a nivel de la investigación y la denuncia periodística, desde aquel, su primer y potente libro que fue “Operación Masacre”, sobre los fusilamientos producidos por otra dictadura cívico militar, la que derrocó a Perón en 1955 y  la que sus continuadores ejecutaron a partir de 1976.

Después de enviar la Carta y organizar la distribución desde ANCLA para que fuera conocida en el mundo, Walsh concurre a una cita con un compañero y es emboscado por efectivos de la Marina. Sabedor de qué le esperaba si caía prisionero, desenfundó un revolver calibre 22 y se defendió hasta caer asesinado, ganándole a sus enemigos la última batalla.

Lo subrayado/interpolado es nuestro.

Abonando una nueva rebelión social.

 

Abonando una nueva rebelión social.


Juan Pablo Cárdenas S.
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Escritor, periodista y analista internacional. Semanario el SurAndino/ Addhee.Ong


Es necesario recordar que la Rebelión Social del 2019 fue gatillado por un alza en los valores de la locomoción colectiva que, por supuesto, rápidamente encendió todos los malestares sociales del país, dando origen a una protesta general masiva e inusitada en sus expresiones de violencia. Sabemos que la Pandemia ayudó al gobierno de Sebastián Piñera a salvarse de una inminente caída o derrocamiento. Esto prácticamente nadie lo duda, así como se acepta que son la desigualdad, el alto costo de la vida, las miserables pensiones de los jubilados y el salario indigno las principales causas de las revueltas sociales, en los que las demandas de la salud y la educación son muy relevantes.

Ciertamente, no fue la necesidad de una nueva Constitución la que movilizó a los chilenos ni tampoco, desgraciadamente, los atropellos de los Derechos Humanos. Hasta la corrupción flagrante de muchas autoridades políticas no fue motivo tan relevante en la ira de los chilenos, aunque dichas situaciones se constituyeran en poderosos condimentos del conflicto del pueblo con el Gobierno y el conjunto de la clase política.

Los partidos, el movimiento sindical poco tuvo que ver con esa espontánea rebelión popular y hasta los dirigentes estudiantiles, tan protagonistas en otras manifestaciones, cumplieron un papel más bien discreto en un proceso al que todavía se le asigna el mérito de haber avivado la Convención Constituyente y los resultados eleccionarios que vinieron. De esta forma es que se puede temer un nuevo estallido popular si las demandas comprometidas en una solución por el gobierno actual no llegan a satisfacerse a mediano o, más bien, corto plazo. A pocas semanas de asumido el Presidente Boric, la opinión pública puede percibir los primeros desacuerdos o contradicciones entre las organizaciones políticas oficialistas, especialmente de boca de algunos ministros y del propio Jefe de Estado. En este sentido, parece muy poco comprensible que un nuevo retiro del 10 por ciento de los fondos previsionales reciba una tajante oposición desde La Moneda, cuando todos tenemos frescas en la memoria las tres iniciativas aprobadas anteriormente y que fueran propiciadas justamente por varios de los nuevos secretarios de estado, subsecretarios y otros políticos de izquierda. La desaprobación gubernamental al nuevo retiro no sería extraña si el Ejecutivo se apurara en promover una reforma contundente al sistema previsional como a concretar acciones que le permitan al país afrontar los graves problemas que enfrenta a raíz de la inflación desatada, el encarecimiento del crédito y la mantención de los salarios precarios.

En este sentido, la promesa de elevar de 350 mil a 400 mil pesos el sueldo mínimo es a todas luces mezquino, sobre todo si el alza se concreta gradualmente como se propone. En relación a esto, solo consideremos que el precio del pan ya suma un alza del 50 por ciento, así como el gas, las gasolinas y la parafina una cifra similar. Sin considerar ese listado de productos de primera necesidad que todos los días también elevan sus precios. Es posible atenuar la frustración social imputándole a la guerra ruso ucraniana parte de culpa en lo que sucede. Pero, por lo mismo, las autoridades debieran ser cautas ante este conflicto europeo, tratar de mantener distancia frente a los intereses creados en relación a este incordio internacional y, sobre todo, ejercer la independencia del país respecto de las presiones de Estados Unidos y algunos países europeos que, sin duda, van a resultar gananciosos de un conflicto que no los toca directamente, pero les permite estimular la venta de armas e imponer más fácilmente su hegemonía mundial. Nuestra Cancillería debería alentar ya los acuerdos entre todas las naciones latinoamericanas y del Tercer Mundo, más allá de las diferencias que existen entre ellas en el ámbito ideológico. Cae por su propio peso que el Gobierno de Boric debe tomar acciones para regular la economía, ponerle freno a las empresas inescrupulosas, regular los precios y elevar los tributos a los que tienen más o infinitamente más entre los contribuyentes. Es inaceptable que mientras más suben los precios de los combustibles, La Moneda obtenga mayores beneficios tributarios y con ello se burle la dramática situación vivida por millones de usuarios. Parece patético que, transcurrido tan poco tiempo, ya se aprecien en el Congreso Nacional los primeros acuerdos de la oposición con no pocos parlamentarios todavía partidarios del Gobierno. Al mismo tiempo que apenas terminado el jolgorio del cambio de mando, los canales de la televisión y la gran prensa, con las patronales empresariales estén alineando posiciones para oponerse a cualquier cambio y procurar volver lo antes posible al poder.

Paralelamente a lo anterior, es indiscutible que los índices de criminalidad siguen rampantes de norte a sur del país y tampoco se aprecian luces de solución en el conflicto de la Araucanía, con lo cual serán muchos los chilenos que pueden terminar mostrando desagrado con un indulto o amnistía general a esos presos de la revuelta social. Algunos de los cuales vandalizaron con su ira edificios patrimoniales, templos, propiedades privadas y públicas, como aquel sinnúmero de locales comerciales y medios de transporte que ninguna culpa tenían en las flagrantes e irritantes injusticias. Es evidente que existen grados muy diversos de responsabilidad entre todos los detenidos, procesados y condenados por estos hechos. Todo esto es acicateado, además, por el triste espectáculo que nos está brindando la Convención Constituyente, donde los acuerdos o consensos parecen cada vez más dificultosos dado la falta de solvencia o por el sectarismo de muchos de sus integrantes. Tanto así que ya se habla de una tercera vía, es decir de una nueva instancia, en prevención de que en la elección popular que cierra el proceso no se obtenga la mayoría requerida para aprobar lo que resulte de la Carta Magna. Cuestión que se advirtió oportuna- mente, pero que fuera desestimado por la frivolidad o candidez de la política.

Lo subrayado/ interpolado es nuestro